La normativa laboral no deja de sorprendernos. El pasado 20 de diciembre, el Gobierno promulgó el RDL 16/2013, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, aprovechando el inicio de las fiestas navideñas y la polémica suscitada por el anteproyecto de ley del aborto. La norma modifica sustancialmente diversos aspectos de la legislación social, dedicando buena parte de su articulado a enmendar el sistema de cotización a la Seguridad Social.

Entre otros cambios, la disposición final tercera del RDL ha reformado el artículo 109 de la LGSS, integrando en la base de cotización conceptos como el plus de transporte, los cheques de comida o las ayudas para guardería, los cuales estaban exentos hasta ahora. La cotización del plus de transporte, uno de los conceptos más usuales en las nóminas de los trabajadores, aumentará ostensiblemente los costes salariales de las empresas, disminuyendo el salario líquido de todos aquellos empleados que no tengan un neto pactado. Concretamente, la Tesorería General de la Seguridad Social espera recaudar 900 millones de euros anuales con esta medida.

La reforma, realizada de tapadillo, ha sorprendido a expertos y agentes sociales. Las organizaciones empresariales, descontentas con la misma, han declarado que las nuevas cotizaciones dificultarán la recuperación de la economía española, destruyendo puestos de trabajo y eliminando beneficios sociales.

El RDL ha cogido también con el paso cambiado a los proveedores de software de nóminas. Actualmente, se encuentran inmersos en las actualizaciones derivadas de la entrada en vigor del artículo 5.7 del Reglamento (UE) nº 260/2012, mediante el cual se establece la obligatoriedad del IBAN, a partir del próximo 1 de febrero, para todas las operaciones bancarias de la zona SEPA.