Se publica la convocatoria de ayudas de la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
A través de esta resolución se establecen las siguientes líneas de ayudas para autónomos
Línea 1: fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo en régimen de concurrencia competitiva. Tiene por objeto impulsar y apoyar el empleo por cuenta propia a través del autoempleo individual mediante el inicio de una actividad económica en Andalucía, a través de dos medidas:
a) Fomento de las iniciativas emprendedoras de trabajo autónomo para impulsar el autoempleo individual mediante el apoyo al inicio de una actividad económica.
b) Ayudas para Autónomos para el establecimiento de las iniciativas emprendedoras que se pongan en marcha para apoyar el trabajo autónomo recientemente creado, incentivando su continuidad.
Línea 2: consolidación empresarial del trabajo autónomo, en régimen de concurrencia no competitiva. Esta línea de actuación está destinada a favorecer la consolidación de las iniciativas económicas desarrolladas por los trabajadores y trabajadoras autónomos, a través de medidas que incorporen a su actividad factores que contribuyan a la obtención de ventajas competitivas en el contexto económico y de continuidad en el contexto socio laboral y de legalidad. Estas medidas son:
a) Cooperación empresarial, apoyando la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre tres o más personas trabajadoras autónomas para la realización de actividades empresariales o profesionales conjuntas que mejoren la posición y competitividad de las mismas en el mercado.
b) Relevo generacional de las unidades económicas de trabajo autónomo, mediante el impulso y apoyo de procesos de transmisión y continuidad de actividades empresariales y profesionales consolidadas.
c) Ayudas para Autónomos emprendedores para el desarrollo de planes técnicos que supongan un aumento de la competitividad e innovación en la empresa del trabajador o la trabajadora autónoma mediante la realización de contratos en prácticas profesionales o la suscripción de acuerdos para el desarrollo de prácticas no laborales, conforme a la legislación vigente en este tema, con jóvenes con cualificación suficiente y relacionada con la actividad económica del negocio, conforme a su titulación académica. Esta medida tiene por objeto, además de la consolidación del trabajo autónomo con la incorporación de factores de innovación y creatividad, la mejora de la empleabilidad de los jóvenes que realicen las prácticas profesionales o no laborales, a través de la adquisición de experiencia laboral relacionada con su formación.
d) Ayudas a la competitividad, para apoyar la continuidad del negocio del trabajador o trabajadora autónoma ya constituido, mediante la inversión en activos que desarrollen proyectos de innovación y permitan el aumento de la competitividad como elemento de consolidación y fortalecimiento de la estructura empresarial.
e) Ayudas de continuidad, dirigidas a fortalecer la consolidación del trabajo autónomo, apoyando a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un cambio de la actividad económica desarrollada
Línea 3, creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo también en régimen de concurrencia no competitiva.
Esta línea de actuación tiene por objeto, por un lado, fomentar la creación de empleo estable mediante el apoyo a las contrataciones indefinidas de trabajadores por parte de personas trabajadoras autónomas y consolidarlo a través del apoyo a las transformaciones de contratos de duración determinada en contratos de tiempo indefinido ordinario de forma simultánea y, por otro lado, favorecer una mayor presencia de la mujer en el trabajo autónomo y promover las condiciones óptimas para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo, a través de las siguientes medidas:
a) Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria.
b) Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos.
c) Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo de personas que por motivos de riesgo durante el embarazo, maternidad, incluido el supuesto de cesión inicial al otro progenitor de dicho periodo de suspensión, adopción o acogimiento preadoptivo, precisen contratar a una persona que les permita disfrutar de los permisos correspondientes, bien mediante la sustitución de la propia trabajadora autónoma o bien, en el caso de que la necesidad de conciliar sea de una trabajadora por cuenta ajena, su sustitución por parte del trabajador o trabajadora autónoma.
En este sentido, se puede consultar la Orden de 2 de diciembre de 2016, que establece las bases reguladoras del programa, pudiendo ver en más detalle, los requisitos, personas beneficiarias y cuantía de las ayudas para autónomos.
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